Documentación a entregar en plazo
artículo 54 de la Resolución de 01/02/2022 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso-oposición para el ingreso en el Cuerpo de Maestros establece que:
- En el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas definitivas de aspirantes que han superado el concurso– posición, los aspirantes seleccionados deberán presentar en la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente a la provincia de gestión de especialidad, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos siguientes:
a) Original del título alegado para participar o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título, cuya fotocopia o documento digitalizado fue presentado en plazo junto a la solicitud de
participación.
En el caso de que la fecha del título o de la certificación académica sea posterior al día en que expiró el plazo de presentación de solicitudes fijado en la convocatoria, deberá hacerse constar la fecha de terminación de los estudios.- b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Maestros o estar pendiente de nombramiento como funcionario de carrera en dicho cuerpo, según el modelo que figura como anexo VII a esta convocatoria.
c) Con carácter previo al nombramiento en prácticas, la Administración podrá requerir al interesado que aporte los originales de cuanta documentación haya presentado a efectos de la fase de méritos del proceso selectivo, con la finalidad de cotejar dichos originales con la documentación aportada en dicha fase. En el caso de que, como consecuencia de la comprobación de los originales y su cotejo con las copias aportadas, se constate que el interesado ha aportado documentación relativa a méritos que no posee, o ha alegado méritos que no le corresponden, ello supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo decayendo de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en dicho proceso.
d) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Deberán aportar esta certificación aquellos aspirantes que no hayan autorizado a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a recabar de oficio la mencionada certificación.
CUARTO. La Resolución de fecha 29/07/2022 por la que se ordena la exposición de aspirantes del turno libre, que han superado el concurso-oposición para ingreso en el cuerpo de Maestros establece que: en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas definitivas de aspirantes que han superado el concurso-oposición, los aspirantes seleccionados deberán aportar los documentos originales de los méritos que hayan hecho valer en el proceso selectivo, a efectos de su cotejo con las copias aportadas en su día junto a la solicitud de participación. No tendrán que aportar documentación referida a méritos que la Administración le mostró al interesado y que éste validó o confirmó al presentar su instancia, ya que se trata de méritos que obran en poder de esta Administración y que ya están contrastados.
Listas definitivas de seleccionados. Concurso – oposición Maestros 2022. Turno Libre
- Resolución de 29 de julio de 2022 – Turno libre182 KB
- Seleccionados definitiva – Turno libre
Listas definitivas de seleccionados. Concurso – oposición Maestros 2022. Turno Personas con Discapacidad
- Resolución de 29 de julio de 2022 – Turno personas con discapacidad219 KB
- Seleccionados definitiva – Turno personas con discapacidad