Integración del profesorado del cuerpo de profesores técnicos de FP en el de profesores de Enseñanza Secundaria

Durante el mes de febrero está prevista la publicación de la convocatoria del proceso de integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. Dirigida a funcionarios/as de carrera del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional adscrito a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, que tenga destino definitivo o se encuentre en situación de expectativa de destino en el ámbito de gestión de dicha Consejería.
Apertura de plazo de presentación de solicitudes en el mes de febrero. La solicitud de participación se cumplimentará y registrará exclusivamente por medios informáticos a través de la intranet docente.

Requisitos de participación: 

  1. Ser funcionario de carrera del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional y tener destino definitivo o encontrarse en expectativa de Destino.
  2. Estar en posesión titulación de Grado universitario, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o titulación equivalente a efectos de acceso a la función pública docente, diplomatura universitaria, ingeniería técnica o arquitectura técnica.
  3. Ser titular en el Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación
    Profesional, de la especialidad en la que se solicite la integración en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
  4. Estar en situación de servicio activo. Podrán participar en situación de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género o excedencia por razón de violencia terrorista, siempre que hayan tenido su último destino en servicio activo en la CLM.

Efectos de la resolución de integración:

  • Solicitudes presentadas conforme a la presente convocatoria se producirán desde el 19 de enero de 2021, para el personal funcionario que a dicha fecha cumpliera los requisitos y condiciones establecidas.
  • Para los participantes que cumplieran las condiciones y requisitos con posterioridad al 19 de enero de 2021, los efectos se retrotraerán exclusivamente al momento en que estos requisitos y condiciones se cumplieran.
  • El profesorado que hubiese ingresado en el Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional con posterioridad al 19 de enero de 2021, la fecha de efectos de la resolución estimatoria de integración será la correspondiente a la que figure en su nombramiento como personal funcionario de carrera del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Desde ANPE consideramos necesario que se incluya el reconocimiento de esta integración a los efectos oportunos, del profesorado que, cumpliendo con los requisitos de titulación, perteneciera desde el 19 de enero de 2021 al cuerpo de profesores técnicos de Formación Profesional, por distintas causas, como el tiempo de servicios ejercido como funcionarios en prácticas o interinos, jubilación, acceso a otro cuerpo docente, etc., ya no pertenece al mismo. Por ello pedimos a la Consejería de Educación, que se les reconozca el tiempo que estuvieron en el cuerpo de PTFP desde el 19 de enero de 2021 a todos los efectos económicos y administrativos que les correspondan.

ANPE ha solicitado que sea un procedimiento abierto no caducando el derecho a solicitar la integración para quienes lo soliciten con posterioridad al 19 de enero de 2026.

Por otro lado, este proceso de integración excluye al profesorado interino. Desde ANPE no estamos de acuerdo con aspectos de retroactividad y reconocimiento a al personal interino. El pasado 7 de octubre,
ANPE solicitó a la Consejera de Educación la extensión de la aplicación del RD800/2022 a los funcionarios interinos.

Desde ANPE hemos solicitado a la Consejería contestación a este escrito o la convocatoria de una Mesa Técnica para abordar, en el marco de sus competencias:

  • Extensión los efectos de esta Resolución a los funcionarios interinos en las
    mismas condiciones que los funcionarios de carrera, cumpliendo con las Directiva y Sentencias Europeas.
  • Estado en las que se quedan las bolsas de trabajo de las distintas especialidades del extinto cuerpo de Formación Profesional.
  • Adaptación de los nombramientos del personal funcionario, de acuerdo al
    nuevo cuerpo en el que se integran las especialidades que imparten correspondientes al grupo A1.
  • Situación del personal interino que tras la integración no tengan la titulación
    correspondiente al nuevo Cuerpo y no puedan presentarse a Oposiciones por
    no cumplir ese requisito.

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