¿Cómo ha conseguido ANPE los moscosos?
ANPE consiguió en 2018 que los docentes pudieran disfrutar de dos días de libres disposición (“moscosos”), y dejar de ser discriminados del resto de funcionarios. En febrero de 2023, ANPE alcanzó un Acuerdo con la Consejería de Educación (con el voto en contra de STE, CCOO y CSIF) que contemplaba, junto a otras medidas, incrementar los días “moscosos” (Resolución 18/07/2024, DOCM 25/07/2024). En septiembre de 2024 se mejoró la regulación y se incrementó un día más a disfrutar en periodo no lectivo. El segundo bloque de este Acuerdo de Mejoras fi rmado por ANPE (Resolución 23/06/2025) incluye un “Moscoso” más asociado a antigüedad (“Canoso”), que se disfrutará a partir de septiembre de 2026.
¿Cuántos días puedo solicitar?
Por cada curso escolar podrás utilizar, cualquiera que sea tu tipo de jornada, sin necesidad de justifi cación, tres días de libre disposición a lo largo del curso escolar:
A. 1 día de libre disposición en días no lectivos.
- Desde el 1 de septiembre del curso escolar, hasta el inicio del periodo lectivo con atención directa al alumnado.
- Desde el fi n del período lectivo con atención directa al alumnado, hasta el 30 de junio del curso escolar.
B. 2 días de libre disposición a lo largo del resto del curso escolar.
En el caso de funcionariado interino sin vacante, en el momento de la solicitud: Con nombramiento antes del 31 de octubre y que fi nalice a 31 de agosto del curso escolar, podrá disfrutar de 2 días, pudiendo ser uno de ellos en período no lectivo.
Con múltiples nombramientos dentro del mismo curso escolar, siempre que alcancen un total de:
- 87 días trabajados en el curso escolar, podrá disfrutar de 1 día, pudiendo hacerse efectivo en cualquier momento del curso.
- 8 meses trabajados, podrá tener derecho a 2 días de libre disposición
¿Puedo solicitar cualquier día de la semana? ¿Puedo solicitarlos de forma consecutiva?
Sí.
¿Quién los autoriza?
El Director/a del centro.
¿Cómo se solicitan?
Solicitud ante la Dirección del centro, con antelación máxima de 30 días hábiles y mínima de 2 días hábiles a su disfrute, salvo circunstancias sobrevenidas. El plazo máximo de resolución es de 3 días hábiles tras la presentación. Se deberá presentar a Jefatura de Estudios, con antelación al disfrute, una programación de actividades dirigidas a los grupos afectados por la ausencia (en caso de día lectivo).
¿Cuándo no los puedo solicitar?
No se concederá el día de libre disposición en período no lectivo cuando el día que se pretenda disfrutar coincida con una jornada de asistencia obligatoria al centro (claustro, sesiones de evaluación,…).
¿A cuántos docentes se les puede conceder permiso para el mismo día?
A. Periodo no lectivo: no superarán 1/3 de la plantilla del centro.
B. Periodo lectivo:
- Centros con hasta 20 docentes: 1
- Centros entre 21 y 40 docentes: 2
- Centros entre 41 y 60 docentes: 3
- Centros de más de 60 docentes: 4
IMPORTANTE: El porcentaje y rango anteriores podrán superarse, cuando el directora/ a aprecie que el hecho de superarlos no afecta a la adecuada atención del alumnado, a su derecho a la educación y/o a necesidades organizativas del centro.
Si hay varias solicitudes para un mismo día que superen el rango establecido, ¿cómo se atienden?
Se priorizará en este orden:
- Causas sobrevenidas.
- No haber disfrutado del permiso o haber disfrutado menos días de libre disposición con anterioridad.
- Antigüedad en el centro.
- Antigüedad en el cuerpo.
El Director/a podrá resolver situaciones excepcionales, con el consenso de los docentes afectados y/o del claustro.
¿Puede denegarse la solicitud?
Sí. Pero solo en caso de causas organizativas excepcionales y sobrevenidas relacionadas con el derecho a la educación del alumnado y/o necesidades organizativas del centro, y medkiante resolución motiva.






