Moscosos y Canosos

¿Cuántos días puedo solicitar?

Para funcionarios o funcionarias de carrera, en prácticas e interinos con vacante, cualquiera que sea tu tipo de jornada, sin necesidad de justificación, 3 días de libre disposición:

  • 1 día de libre disposición en días no lectivos, desde el 1 de septiembre hasta el inicio del periodo lectivo con atención directa al alumnado y/o desde el fin del período lectivo con atención directa al alumnado hasta el 30 de junio del curso escolar.
  • 2 días de libre disposición a lo largo del curso escolar, que podrán disfrutarse en periodo lectivo o no lectivo.

Para docentes interinos sin vacante:

  • Con nombramiento antes del 31 de octubre y que finalice a 31 de agosto, podrá disfrutar de 2 días, pudiendo ser uno de ellos en período no lectivo.
  • Con múltiples nombramientos, siempre que alcancen un total de 87 días trabajados en el curso escolar, podrá disfrutar de 1 día, pudiendo hacerse efectivo en cualquier momento; con 8 meses trabajados, podrá tener derecho a 2 días de libre disposición.

¿Qué docentes tienen derecho a disfrutar del día de libre disposición adicional “canoso”?

El personal docente con más de 18 años de servicio o mayor de 55 años de edad tendrá derecho a disfrutar de 1 día adicional de libre disposición, en periodo lectivo o no lectivo. La solicitud de este día podrá realizarse una vez generado el derecho al mismo.

¿Puedo solicitar cualquier día de la semana? ¿Puedo solicitarlos de forma consecutiva?

Sí en ambos casos.

¿Quién los autoriza?

El director o la directora del centro.

¿Cómo se solicitan?

Solicitud ante la Dirección del centro, con antelación máxima de 30 días hábiles y mínima de 2 días hábiles a su disfrute, salvo circunstancias sobrevenidas. El plazo máximo de resolución es de 3 días hábiles tras la presentación.

¿Cuándo no los puedo solicitar?

No se concederá el día de libre disposición en período no lectivo cuando el día que se pretenda disfrutar coincida con una jornada de asistencia obligatoria al centro (claustro, sesiones de evaluación, …).

Si hay varias solicitudes para un mismo día que superen el rango establecido, ¿cómo se atienden?

Se priorizará en este orden: causas sobrevenidas, no haber disfrutado del permiso o haber disfrutado menos días de libre disposición con anterioridad, antigüedad en el centro o antigüedad en el cuerpo.

¿Puede denegarse la solicitud?

Sí. Pero solo en caso de causas organizativas excepcionales y sobrevenidas relacionadas con el derecho a la educación del alumnado y/o necesidades organizativas del centro, y mediante resolución motivada.

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