Nuevas instituciones en la tramitación de partes médicos de baja, confirmación y alta

Comunicación de ausencia por IT:

Todos los docentes están obligación a comunicar las ausencias motivadas por incapacidad temporal de forma inmediata (teléfono, correo electrónico, SMS u otro medio telemático), tanto la fecha de baja como la fecha de alta, a la Jefatura de Personal de su centro de trabajo.

La dirección del centro deberá enviar un correo electrónico al Servicio de Personal solicitando la cobertura del puesto de trabajo cuando sea precisa la sustitución; de igual manera deberá comunicar de forma inmediata el alta médica cuando se produzca.

Presentación de partes médicos de baja, confirmación y alta:

  • Docentes cuyos procesos de Incapacidad Temporal estén cubiertos por el Régimen de la Seguridad Social: NO tienen obligación de presentar partes médicos.
  • Docentes cuyos procesos de Incapacidad Temporal estén cubiertos por MUFACE: mantienen la obligación de presentar a las Jefaturas de personal de sus centros los partes médicos de la misma manera que se viene procediendo actualmente.

ANPE ha solicitado la negociación de una nueva Resolución de ausencias médicas que agrupe toda la normativa existente, además de recuperar, entre otras: la ampliación a tres días para justificación de ausencias sin necesidad de baja, la simplificación de la justificación de indisposiciones durante la jornada y la reducción de la burocracia, e insta a MUFACE a implementar los cambios necesarios para equiparar los trámites.

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