Permiso por asistencia o acompañamiento a una cita medica

Tengo una consulta médica que coincide con mi horario de trabajo, ¿cómo debo proceder?

La norma dice que siempre que sea posible se concertará la cita fuera del horario de trabajo, si no fuera posible, se justificará mediante declaración jurada (y el pertinente justificante médico).

El procedimiento es el siguiente: debes comunicar a Dirección o Jefatura, la fecha de la consulta en la forma que se haya establecido en el centro: email, teléfono, aviso personal, etc. Una vez que te incorpores al centro tras la consulta médica, debes entregar un justificante médico en el que conste: nombre, fecha y hora de entrada y salida, además de una declaración jurada explicando que no ha sido posible concertar la visita fuera del horario laboral.

¿Cuánto tiempo tengo para asistir a la consulta?

La normativa establece que se dispondrá del tiempo indispensable y por tanto debes permanecer en tu centro hasta que se produzca el desplazamiento para realizar la consulta, e inmediatamente después de finalizar la misma, debes incorporarte al centro salvo que a tu regreso ya haya comenzado el último periodo lectivo, en cuyo caso no tendrás que acudir al centro.

Estoy recibiendo un tratamiento y debo asistir a varias sesiones en días diferentes, ¿tengo permiso para todas las ausencias?

Cuando se trate de sesiones o tratamientos continuados que requieran asistir varios días al centro médico (diálisis, radioterapia, quimioterapia, etc.) se considerará asistencia médica cada una de las sesiones o tratamientos y, por tanto, se podrá disponer de todos los permisos necesarios, debiendo justificar cada una de las asistencias del modo descrito anteriormente.

¿Dispongo del permiso por acompañamiento de un familiar de primer grado a una visita médica?

Sí, dispones del permiso por acompañamiento a un familiar de primer grado (cónyuge, padres, hijos, nueras, yernos y suegros), siempre que la cita no se haya podido concertar fuera del horario de trabajo y que dicho acompañamiento sea necesario para poder realizar la visita. Deberás entregar en el centro un justificante médico en el que conste: nombre, fecha y hora de entrada y salida, además de una declaración jurada explicando que no ha sido posible concertar la visita fuera del horario laboral y que tu acompañamiento era necesario.

Mi hijo tiene una consulta médica, ¿podemos acompañarlo los dos progenitores?

Para el acompañamiento de hijo, el permiso se concederá a uno de los dos progenitores, salvo en caso de menores con cáncer o enfermedad grave, que el permiso podrá concederse a ambos progenitores.

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