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ENFERMEDAD GRAVE DE UN FAMILIAR • HOSPITALIZACIÓN DE UN FAMILIAR • HOSPITALIZACIÓN POR PARTO DE FAMILIAR • INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN QUE PRECISE REPOSO DOMICILIARIO • FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR • ACCIDENTE DE UN FAMILIAR
Documentación
- Solicitud.
- Libro de familia.
- Cualquiera que lo justifique: certificado médico, ingreso de urgencias, etc.
Duración
- Accidente o enfermedad graves; Hospitalización; Intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario:
- 5 DÍAS: Cuando se trate del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el primer grado* por consanguinidad o afinidad, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el funcionario/a en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquel.
- 4 DÍAS: Cuando se trate de un familiar de segundo grado* de consanguinidad o afinidad.
- Fallecimiento de familiar:
Parentesco/Localidad | 1º Grado | 2º Grado |
---|---|---|
Misma Localidad | 3 días laborables | 2 días laborables |
Distinta Localidad | 5 días laborables | 4 días laborables |
- Se entiende por suceso ocurrido en distinta localidad, la que sea diferente del centro de trabajo y del lugar de residencia del docente.
Relación de parentesco:
- 1º Grado: padre, madre, hijo/a, cónyuge (incluye la pareja de hecho), nuera, yerno, suegro/a.
- 2º Grado: hermano/a, cuñado/a, nieto/a, abuelo/a, propios y políticos.
Observaciones
- Posibilidad de incrementar el permiso en 10 días laborables más, cuando concurran ciertas circunstancias excepcionales.
- Posibilidad de disfrute de manera discontinua, compatible con las necesidades del servicio.
- Transcurrido 1 día de plazo desde la solicitud sin resolución expresa, se entiende estimada y por tanto concedido el permiso.
- La hospitalización por parto genera el permiso por hospitalización de un familiar. Si por el mismo motivo, el docente tiene derecho al permiso por paternidad, tendrá derecho al ingreso hospitalario anterior al parto, o posterior por motivo diferente.
- En caso de hospitalización, el alta hospitalaria no determinará el final del permiso, siempre que se acredite la necesidad de reposo domiciliario.
- En el supuesto de fallecimiento, el empleado público
podrá optar por hacer uso del permiso el mismo día en
que hubiera tenido lugar el óbito o el inmediatamente siguiente, y los días de permiso habrán de disfrutarse en días consecutivos. - Trabajando al menos el 50% de la jornada, puede ausentarse y le cuenta el día trabajado.
- En el caso de fallecimiento de familiar, a efectos de localidad del hecho causante, se tendrá en cuenta la localidad donde se realiza el entierro.
ASISTENCIA MÉDICA PROPIA, Y DE CÓNYUGE OBSERVACIONES O FAMILIARES DE 1º CONSANGUINIDAD
Documentación
- Certificado médico.
- Solicitud.
- Libro de familia (sólo en caso de asistencia de familiar).
Duración
- El tiempo necesario para su realización.
Observaciones
- En los casos en que la asistencia médica no pueda ser concertada fuera del horario de trabajo deberá aportarse justificante en tal sentido.
- Se concederá por el tiempo indispensable para el desplazamiento y la consulta durante el horario obligatorio de la jornada de trabajo en la que se recibe la asistencia médica y siempre que no sea posible el acompañamiento de otra persona y se acredite tal circunstancia.
- La asistencia a sesiones o tratamientos continuados (diálisis, radioterapia, etc.) se considerará asistencia médica.
ADAPTACIÓN PROGRESIVA DE JORNADA DESPUÉS DE TRATAMIENTOS DE RADIOTERAPIA O QUIMIOTERAPIA
Documentación
- Solicitud.
- Informes médicos.
Duración
- La adaptación podrá extenderse hasta un mes desde la incorporación efectiva y podrá afectar hasta un 25% de la duración de la jornada diaria.
Observaciones
- Podrá ser ampliada en un mes más si persisten las circunstancias de su estado de salud.
REDUCCIÓN DE JORNADA POR RAZONES DE GUARDA LEGAL Y POR CUIDADO DIRECTO DE UN FAMILIAR
Causas
- MENOR DE 12 AÑOS
- HIJO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES O PROBLEMAS DE ADAPTACIÓN PSICOSOCIAL.
- PERSONA MAYOR QUE REQUIERA ESPECIAL DEDICACIÓN
- PERSONA CON DISCAPACIDAD QUE NO DESEMPEÑE ACTIVIDAD
- CUIDADO DIRECTO DE FAMILIAR 2o GRADO AFINIDAD O CONSANGUINIDAD, POR RAZONES DE EDAD, ACCIDENTE O ENFERMEDAD Y NO PUEDA VALERSE POR SI MISMO Y QUE NO DESEMPEÑE ACTIVIDAD RETRIBUIDA
Documentación
- Solicitud.
- Libro de familia.
- Informes médicos (sólo cuando se trate de cuidado de familiar).
Duración
- Reducción de hasta el 75% de la jornada. Retribución proporcionalmente reducida.
- Se podrá autorizar que la reducción de jornada se acumule en jornadas completas, siempre que sea compatible con la naturaleza del puesto de trabajo y con las necesidades del servicio.
- Deberá solicitarse con una antelación de al menos 15 días al inicio de cada trimestre escolar y su concesión se hará coincidir con el mismo.
- La solicitud del tercer periodo no incluye el mes de agosto.
Observaciones
- El cómputo para el personal docente se realizará, obligatoriamente, haciéndolo coincidir con los siguientes periodos:
- Primer periodo: desde el inicio del curso escolar, en el mes de septiembre, hasta el descanso de Navidad.
- Segundo periodo: desde el mes de enero del curso escolar hasta el descanso de Semana Santa.
- Tercer periodo: desde el reinicio del periodo escolar posterior al descanso de Semana Santa hasta el 31 de julio del curso escolar.
- Los docentes que disfruten de reducción de jornada tendrán derecho a solicitar la franja horaria para aplicarla. Se aplicará siempre que no condicione las normas generales sobre impartición de materias y/o elección de grupos.
- Se permite la acumulación de la reducción en jornadas completas, consultar a dirección de tu centro antes de solicitar la reducción de jornada.
CUIDADO DE UN FAMILIAR HASTA 2º GRADO POR ENFERMEDAD MUY GRAVE
Documentación
- Solicitud.
- Informes médicos.
- Libro de familia.
Duración
- Permiso sin sueldo con una duración de entre 10 días y 3 meses, prorrogables excepcionalmente, durante 3 meses más
REDUCCIÓN DE JORNADA POR SER PRECISO ATENDER EL CUIDADO DE UN FAMILIAR DE PRIMER GRADO POR ENFERMEDAD MUY GRAVE
Documentación
- Solicitud.
- Certificación Médica.
- Libro de Familia.
Duración
- Reducción de hasta el 50% de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave. Plazo máximo de 1 mes.
- Se podrá optar por flexibilizar hasta un máximo de 1/2 del horario fijo de la jornada diaria, siempre que sea compatible con la naturaleza del puesto de trabajo y con las necesidades del servicio.
Observaciones
- Los docentes que disfruten de reducción de jornada tendrán derecho a solicitar la franja horaria para aplicarla.
- Si hubiera más de un titular de este derecho por el mismo hecho causante, el tiempo de disfrute de esta reducción se podrá prorratear entre los mismos, respetando en todo caso el plazo máximo de un mes.
REDUCCIÓN DE JORNADA DURANTE LA HOSPITALIZACIÓN Y TRATAMIENTO CONTINUADO, DEL HIJO MENOR DE EDAD AFECTADO POR CÁNCER O POR CUALQUIER OTRA ENFERMEDAD GRAVE
Documentación
- Solicitud.
- Informes médicos.
- Libro de familia.
Duración
- Derecho a una la reducción de la jornada retribuida de trabajo de, al menos, la mitad de la duración de aquella y hasta un máximo del 99%.
- La reducción de jornada se concederá por un periodo inicial de un mes, prorrogable por periodos de dos meses cuando subsista necesidad del cuidado y, como máximo, hasta que este cumpla los veintitrés años.
Observaciones
- Solo podrá reconocerse a uno de los progenitores.
- Quien disfrute de esta reducción de jornada podrá acumularlos en jornadas diarias completas, previo acuerdo con dirección de su centro.
- Se considerarán enfermedades graves las reguladas como tal en el Real Decreto 1148/2011.