Tribunales y Sedes Oposiciones 2026

VADEMÉCUM PARA MIEMBROS DE TRIBUNALES. 

Información útil para apoyo y uso de miembros de tribunales para guía en sus actuaciones: Cálculo de dietas, normativa de referencia, cronograma temporal, logística y sorteo, actuación ante maternidad, ingresos y Discapacidad, Rúbríca ante desviación de notas, Pasos y blindaje ante reclamaciones y defensa jurídica y documentación básica a utilizar como tribunal.

1. DIETAS TRIBUNALES  2026 y CRITERIOS PARA CÁLCULO 

 Tipo de Dieta y cuantía

Alojamiento y Desayuno 64,73 €
Manutención 40,68 €
Dieta entera 105,39 €

Indemnización por utilización de vehículos particulares.

Tipo de vehículo Cuantía
Turismos 0,26 € / kilómetro
Motocicletas 0,11 € / kilómetro

Asistencias por participación en Tribunales y Comisiones de Selección.

Categoría del órgano de selección                                        Cuantía
Primera:  Presidente y Secretario/a:       70,09 €                Vocales: 45,58 €

Criterios para el cálculo de dietas por locomoción, manutención y alojamiento.

1. A los efectos de percibir las dietas previstas por la participación en los procesos selectivos se tendrá como referencia la localidad de residencia de los integrantes de los órganos de selección.
2. Para el cálculo de las dietas por locomoción se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) Se abonarán dietas por locomoción a los miembros de los tribunales cuya localidad de residencia sea distinta a la que tenga fijada como sede el tribunal.

b) Se abonarán dietas diarias por locomoción cuando la distancia entre las localidades de residencia y del tribunal sea igual o inferior a 60 km.

c) En los casos en que la distancia entre las localidades de residencia y del tribunal sea superior a 60 km e igual o inferior a 150 km, el funcionario podrá optar, bien por trasladarse diariamente desde su localidad de residencia a la sede del tribunal, percibiendo dietas por locomoción, o bien por pernoctar en la localidad donde tenga su sede el tribunal, percibiendo las dietas por manutención y alojamiento previstas en los apartados siguientes.

d) En los casos en que la distancia entre las localidades de residencia y del tribunal sea superior a 150 km, el funcionario podrá pernoctar en la localidad donde tenga su sede el tribunal  percibiendo las dietas por manutención y alojamiento previstas en los apartados siguientes. En caso contrario, sólo se abonarán dietas por locomoción hasta el límite de 150 km.

e) Cuando el funcionario pernocte en la localidad donde tenga su sede el tribunal tendrá derecho a percibir las dietas por locomoción correspondientes tanto al día anterior al primero que tenga fijado de actuación el tribunal, como al último de actuación en la semana de que se trate.

Para el cálculo de las dietas por manutención se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) Los integrantes de los tribunales cuya localidad de residencia coincida con la sede del tribunal percibirán el 50 % de manutención sólo en los casos en que se fijen sesiones de tarde.

b) Cuando los miembros de los tribunales no residan en la localidad del tribunal percibirán el 100% de manutención durante los días de la semana de actuación del mismo, salvo el último día de actuación y el inmediatamente anterior al primero que tenga fijado de actuación el tribunal, en los que sólo percibirán el 50%, siempre que su localidad de residencia se encuentre a una distancia superior a 150 km de la que tenga fijada como sede el tribunal correspondiente o a una distancia superior a 60 km e inferior a 150 km y hayan optado por pernoctar en la localidad donde tenga su sede el tribunal.

Para el cálculo de las dietas por alojamiento se tendrá en cuenta el siguiente criterio:

a) Únicamente los miembros de los tribunales que no residan en la localidad del tribunal percibirán dietas por alojamiento durante los días de actuación del mismo, salvo el último día en el que no percibirán dietas de esta naturaleza, igualmente percibirán dietas por alojamiento correspondientes al día anterior al primero de actuación que haya fijado
el tribunal, siempre que se trate de integrantes de los órganos de selección que residan a más de 150 km de la sede del tribunal y aquéllos cuya localidad de residencia se encuentre a una distancia superior a 60 km e inferior a 150 km y hayan optado por pernoctar en la localidad donde tenga su sede el tribunal.

Ver fichero DOCM Orden de 07/05/2010, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula el funcionamiento y actuación de los órganos de selección. Orden que regula composición de tribunales, sustitución de miembros, funciones, dietas..
Ver fichero DOCM con cuantías de dietas 2026 Pinchar aquí.

2. MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA

Principales normas que enmarcan la actuación de los tribunales

Órganos Colegiados

Ley 40/2015

Regula el quórum mínimo obligatorio de los órganos colegiados (Presidente, Secretario y al menos un Vocal presentes) y el deber de abstención.

Ingreso Docente

RD 276/2007 y LOMLOE

Estructuran las fases de oposición y concurso, el carácter eliminatorio de las pruebas y la ponderación final. Se concretan en CLM con los Decretos 80/2022 y 81/2022 y el DUA del Decreto 85/2018.

Reclamaciones

Ley 39/2015

Procedimiento Administrativo Común: errores materiales y aritméticos subsanables de oficio y plazos para recursos administrativos (especialmente el recurso de alzada).

Económico Regional

Indemnizaciones CLM

Anexo X‑A de indemnizaciones por razón de servicio y Orden 07/05/2010 regulan dietas, kilometraje y alojamiento en Castilla‑La Mancha, según el resumen de ANPE‑CLM para 2026.

 

3. CRONOGRAMA TEMPORAL Y CHECKLIST

Hitos clave y lista rápida de control para vocales.

Fase 1: Preparación

Constitución, Criterios y Aulas

Firma del acta constitutiva, publicación de rúbricas (48h antes), recogida de material en Delegación (bombo, folios, plicas) y preparación de aulas en la sede.

Fase 2: Primera Prueba

Llamamiento y Prueba Escrita

Cotejo de DNI, sorteo centralizado de 25 temas, inicio simultáneo, custodia del anonimato y corrección informatizada.

Fase 3: Segunda Prueba

Aptitud Pedagógica Oral

Citación con 48h hábiles de antelación, defensa de la programación y exposición de situaciones de aprendizaje, registro de tiempos y calificaciones.

Fase 4: Cierre

Agregación, Archivo y Dietas

Agregación de notas, archivo en cajas AZ, copia en soporte digital, confección del dosier judicial y firma de relaciones de asistencias y dietas.

Checklist rápido para Vocales

 
 
 
 

 

4. LOGISTÍCA Y SORTEO (25 TEMAS)

Gestión de materiales y protocolo de extracción de bolas.

 Control de folios

Cajas de 2.500 folios. Prohibido sellar todo el bloque: se sellan a demanda (estimación 10 folios/opositor).

Recordar la obligación de escribir por las dos caras de cada folio.

 Bombo de 25 temas

El temario de Maestros consta de 25 temas. El bombo manual se carga con 25 bolas numeradas.

El Tribunal nº 1 extrae los temas y coordina telefónicamente con el resto de sedes. Los vocales transcriben los títulos en pizarra, verificados por la Presidencia.

5. Maternidad, Ingresos y Discapacidad

Garantías de conciliación y no discriminación.

Lactancia y espacios

Derecho a pausas de lactancia; el tiempo consumido se añade al final del examen. La sede debe disponer de un aula privada accesible.

Ingresos hospitalarios

En caso de ingreso hospitalario el mismo día de la prueba (parto, urgencia, etc.), se podrá fijar fecha alternativa con nuevos temas y supuestos, si el calendario lo permite.

Turno discapacidad

Las personas del turno de discapacidad se adscriben al Tribunal nº 1. Las adaptaciones se conceden solo en ese turno; se prioriza la seguridad jurídica frente a usos tecnológicos de riesgo.

6. Rúbricas y Regla de Desviación (3 puntos)

Ejemplo visual de cuándo se descartan 2 de las 5 notas y cuándo se hace la media de todas.

Si la diferencia entre la nota máxima y la mínima de los 5 vocales es ≥ 3 puntos, se descartan ambas y se promedian las 3 notas centrales. Si la diferencia es < 3, se hace la media de las 5 calificaciones.

 Desviación ≥ 3 puntos

Ejemplo A: se descartan 2 notas

Notas de los 5 vocales:

V1 4,2 Mín
V2 6,5
V3 6,8
V4 7,2
V5 9,8 Máx

Diferencia Máx‑Mín: 9,8 − 4,2 = 5,6 ≥ 3 → se activan descartes

Se descartan: 4,2 (mínima) y 9,8 (máxima).

Notas que cuentan: 6,5 – 6,8 – 7,2

Media (3 vocales): (6,5 + 6,8 + 7,2) ÷ 3 = 6,83

 Desviación < 3 puntos

Ejemplo B: se usan las 5 notas

Notas de los 5 vocales:

V1 6,5 Mín
V2 6,7
V3 6,8
V4 7,0
V5 7,1 Máx

Diferencia Máx‑Mín: 7,1 − 6,5 = 0,6 < 3 → no se descarta ninguna

Notas que cuentan: 6,5 – 6,7 – 6,8 – 7,0 – 7,1

Media (5 vocales): (6,5 + 6,7 + 6,8 + 7,0 + 7,1) ÷ 5 = 6,82

Regla de aplicación orientativa. En caso de duda, seguir lo establecido expresamente en la convocatoria y en las instrucciones de la Comisión de Selección.

7. Reclamaciones y Defensa Jurídica

Vías de registro y blindaje documental.

 Registro de entrada

Los IES sede de tribunal no son Registro Único de la JCCM. Toda reclamación debe presentarse por registro oficial (presencial, sede electrónica o Correos con sello de fecha). Las entregadas “en mano” en el centro carecen de validez procedimental.

 Dosier judicial

El Tribunal nº 1 elaborará una caja AZ con copia de supuestos, rúbricas y pautas de corrección para responder a requerimientos de los Juzgados Contencioso‑Administrativos.

Errores materiales y recursos

Los errores aritméticos (por ejemplo en hojas Excel) pueden subsanarse de oficio conforme a la Ley 39/2015. Si se presenta recurso de alzada sobre la valoración técnica, el tribunal no re‑corrige el ejercicio, sino que emite un informe motivado basado en los descriptores de la rúbrica. *Importante*

8.  Documentación Básica del Tribunal

Qué conservar y cómo organizarlo.

 Caja AZ 1: Actas

Acta constitutiva, actas de sesión, relación nominal de miembros, comunicaciones oficiales y cualquier escrito firmado por el tribunal.

 Caja AZ 2: Rúbricas y listados

Copia de rúbricas publicadas, listados de calificaciones, hojas de cálculo y versiones impresas de las notas finales.

 Caja AZ 3: Dosier Judicial

Ejemplos de supuestos, copias de exámenes tipo, plantillas de corrección y documentación de soporte ante posibles recursos contencioso‑administrativos.

9. Normativa de Referencia

 

 

  • LOMLOE y Reales Decretos de Enseñanzas Mínimas.
  • RD 276/2007, de ingreso y acceso a los cuerpos docentes.
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
  • Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Decretos 80/2022 y 81/2022 (currículo LOMLOE en CLM) y Decreto 85/2018 (atención a la diversidad y DUA).
  • Orden 07/05/2010, de funcionamiento de órganos de selección y baremación de interinos.
  • Anexo X‑A de indemnizaciones por razón de servicio 2026 de la JCCM (dietas, kilometraje, alojamiento). [page:0]
  • Convocatoria específica de Oposiciones Maestros CLM 2026 publicada en DOCM.
  • Información complementaria de ANPE‑CLM Tribunales y Sedes 2026. [page:0]

Para ampliar, No dejes de visitar los apartados de Especial Oposiciones 2026 de Servicios ANPE donde puedes encontrar los Criterios de Actuación y Calificación, Características Prueba Práctica y Programación  y Legislación Educativa.

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SEDES y TRIBUNALES DE CADA OPOSITOR

FECHA DEL EXAMEN, 20 de JUNIO con  Presentación de 08:00h a 08:30h

 

  1. NO OBLIGACIÓN DE IR PRESENCIAL AL EXAMEN SI SE ESTÁ EN LISTA ORDINARIA
  2.  SEDES DE TRIBUNALES CON DIRECCIÓN
  3.  ¿CUAL ÉS EL TRIBUNAL DE UN OPOSITOR?
  4.  PUBLICACIÓN RESOLUCIÓN TRIBUNALES EN DOCM
  5.  DIETAS TRIBUNALES 2026 Y CRITERIOS PARA SU CÁLCULO
  6. TELÉFONOS CONTACTO ANPE

1. NO OBLIGACIÓN DE IR PRESENCIAL AL EXAMEN SI SE ESTÁ EN LISTA ORDINARIA

 

En caso de estar en lista ordinaria y NO querer ir presencial al examen, NO hay obligación de presentarse físicamente al acto de presentación y llamamiento gracias al acuerdo firmado entre ANPE y Consejería y publicación en DOCM en modificación de Orden de Interinos

2. SEDES TRIBUNALES CON DIRECCIÓN

ALBACETE

Primaria (Tribunales 1 al 35).
(Tribunales 1 al 6) IES Universidad Laboral (Avda. La Mancha, s/n)
(Tribunales 7 al 11) IES Don Bosco (Paseo de la Cuba, nº 43)
(Tribunales 12 al 14) IES Los Olmos (C/ Letur, s/n)
(Tribunales 15 al 19) IES Andrés de Vandelvira (Avda. Cronista Mateo y Sotos nº  3)
(Tribunales 20 al 24) IES Diego de Siloé (C/Méjico s/n)
(Tribunales 25 al 29) IES Leonardo Da Vinci (AC/ La Paz, s/n)
(Tribunales 30 al 35) Ramón y Cajal (C/ Muñoz Seca nº 19)

CIUDAD REAL

Música (Tribunales 1 al 5).
SOLO para realización Parte A 1ª prueba el día 20 de junio de 2026: Tema
IES Atenea (Avda. Puente de Retama, 1).

Música (Tribunales 1 al 5).
Para la realización del resto de ejercicios:

1ª Prueba: Parte B: práctica individual y 2ª Prueba: defensa de la programación  y exposición oral de la U.D).
Conservatorio Profesional de Música “Marcos Redondo” (C/ Pantano del Vicario, 1).

Inglés (Tribunales 1 al 12).
(Tribunales 1 al 5) IES Hernán Pérez del Pulgar (C/Gregorio Marañón nº 2)
(Tribunales 6 al 9) IES Maestro Juan de Ávila (Ronda Calatrava nº 1)
(Tribunales 10 al 12) IES Maestre de Calatrava (Paseo de la Universidad nº 1)

CUENCA

Audición y Lenguaje (Tribunales 1 al 5)
IES Alfonso VIII (C/ Lope de Vega nº 1)

Educación física (Tribunales 1 al 12)
(Tribunales 1 al 6) IES Fernando Zobel (C/ de la Fuensanta s/n)
(Tribunales 7 al 11) IES Lorenzo Hervás y Panduro (C/ de la Fuensanta s/n)
(Tribunal 12) Centro Integrado de FP (CIFP) Nº 1 (C/ Fuensanta s/n)

GUADALAJARA

Pedagogía Terapéutica (Tribunales 1 al 12)
(Tribunales 1 a 6) IES Brianda de Mendoza (C/ Hermanos Fernández Galiano nº 6)
(Tribunales 7 a 12) EOI de Guadalajara (C/ Poeta Ramón de Garciasol, s/n)

Francés (Tribunal 1)
(Tribunal 1) IES Brianda de Mendoza (C/ Hermanos Fernández Galiano nº 6)

TOLEDO

Infantil (Tribunales 1 al 33)
(Tribunales 1 al 5) IES Universidad Laboral (Avda. Europa nº 28)
(Tribunales 6 al 13) IES Carlos III (Avda. de Francia nº 5)
(Tribunales 14 al 16) IES María Pacheco: (Avda. de Barber nº 4)
(Tribunales 17 al 20) IES El Greco (Paseo de San Eugenio nº 23)
(Tribunales 21 al 24) IES Azarquiel (Paseo de San Eugenio, nº 21)
(Tribunales 25 al 28) IES Princesa Galiana (Avenida de Santa Bárbara nº 98)
(Tribunales 29 al 33) IES Alfonso X El Sabio (C/ Valdehuesa nº 6)

 

3. ¿CUÁL ES EL TRIBUNAL DE UN OPOSITOR?

Publicadas las tablas de organización de la presentación y del llamamiento de los opositores en las distintas especialidades convocadas por la oposición de Maestros 2026

Encuentra tu tribunal, sede, puerta de acceso y aula

Ficheros disponibles de cada especialidad:

PRESENTACIÓN Y LLAMAMIENTO TABLAS E-FÍSICA – 08062026.pdf720.85 KB

PRESENTACIÓN Y LLAMAMIENTO TABLAS AUDICIÓN Y LENGUAJE – 08062026.pdf290.65 KB

PRESENTACIÓN Y LLAMAMIENTO TABLAS AULA INFANTIL – 08062026.pdf260.11 KB

PRESENTACIÓN Y LLAMAMIENTO TABLAS FRANCÉS – 08062026.pdf517.8 KB

PRESENTACIÓN Y LLAMAMIENTO TABLAS INGLÉS – 08062026.pdf383.33 KB

PRESENTACIÓN Y LLAMAMIENTO TABLAS MÚSICA – 08062026.pdf290.39 KB

PRESENTACIÓN Y LLAMAMIENTO TABLAS PRIMARIA – 08062026.pdf443.39 KB

PRESENTACIÓN Y LLAMAMIENTO TABLAS P-TERAPÉUTICA – 08062026.pdf334.83 KB

Pincha aquí y encontrarás Anexo III con tribunal y el primer opositor de ese tribunal.

Ejemplo para conocer el tribunal:

Si tus apellidos son  Ruiz Ruiz y te presentas por libre a  Infantil en Toledo:

  1. Buscas el Tribunal que tiene apellido de primer opositor que alfabeticamente sea  más cercano a tu apellido por orden ascendente de abecedario.

Como el ejemplo es Ruiz Ruiz en Infantil encontramos el tribunal más cercano ordenado alfabéticamente en sentido ascendente el tribunal 5 que empieza por pimer aspirante: Saiz Perez.

2. Nos vamos al tribunal anterior al encontrado.

En el caso del ejemplo, vamos al el tribunal 4 y comprobamos su primer aspirante:  Romero Wic.

3. Comprobamos nuestro apellido esté entre esos dos tribunales y nuestro tribunal será el menor.

En ejemplo: Como Ruiz Ruiz está entre Romero Wic  y Saiz Perez nuestro tribunal sería el Tribunal 4. El de Saiz Perez se pasa de nuestro apellido, El de Romero Wic es anterior a nuestro apellido.

 

4.  RESOLUCIÓN TRIBUNALES, SEDES Y OPOSITORES POR TRIBUNAL TURNO LIBRE

Se hace publica la composición de tribunales de la Oposición de Maestros 2026 en CLM en el anexo I (“composición de tribunales”), las sedes donde se desarrollarán las pruebas, que se recogen en el anexo II, y la distribución de opositores y opositoras por tribunales en el anexo III del turno libre y en Anexo IV Comisiones de Selección por especialidades, turno libre. Pinchar aquí para acceder a anexos de a resolución de Convocatoria por acceso libre.

 

RESOLUCIÓN TRIBUNALES, SEDES Y OPOSITORES POR TRIBUNAL TURNO POR DISCAPACIDAD

Se hace publica la composición de tribunales de la Oposición de Maestros 2026 en CLM en el anexo I (“composición de tribunales”), las sedes donde se desarrollarán las pruebas, que se recogen en el anexo II, y la distribución de opositores y opositoras por tribunales en el anexo III del turno por discapacidad. Pinchar aquí para acceder a anexos de a resolución de Convocatoria por acceso turno por discapacidad. En especialidades del turno por discapacidad solo hay 1 tribunal único por especialidad con sede en mismo lugar que tribunal 1 de turno libre.

RESULTADO SORTEO CONFORMACIÓN MIEMBROS DE LOS TRIBUNALES

Sorteo numérico para establecer los apellidos y el nombre, a partir de los cuales se nombrará a los vocales de los tribunales de oposiciones Maestros 2026 en CLM

 

Comienzo desde:    PRADO AYUSO, FRANCISCO  Nº 8.221

La publicación de tribunales se estima para el 15 o 16 de mayo.

¿CÓMO SE CONSTITUYEN LOS TRIBUNALES?

El sorteo prioriza a los docentes de la especialidad que trabajan, durante este curso, en la provincia de gestión, en este orden:

  •  Primero: Docentes que este curso están trabajando por la especialidad en la provincia que gestiona esa especialidad.
    (la prioridad la marca el sorteo numérico).

Con el colectivo de este primer criterio se cubre prácticamente el 100% de los tribunales.

  •  Segundo:  Docentes que están impartiendo la especialidad en el resto de CLM.
  • Tercero: los que su destino definitivo lo tienen en la especialidad de que se trate (la prioridad la marca el sorteo) aunque no trabajen en ella este curso, por ejemplo los que tienen destino definitivo por la especialidad pero se han ido de concursillo este curso a otra especialidad.
  • Cuarto los que ingresaron por esa especialidad (la prioridad la marca el sorteo) aunque no trabajen en ella este curso por ejemplo los que aprobaron por la especialidad convocada pero han concursado en concurso general a otra habilitación donde ahora ejercen.
  • Quinto: los que tienen esa especialidad habilitada (la prioridad la marca el sorteo) aunque no trabajen ella este curso.

Fecha aproximada del sorteo para selección de tribunales:     20-abril-2026

CRITERIOS SELECCIÓN DE TRIBUNALES 

Los criterios que sigue para la selección de tribunales es:

  1. Prioriza por centro de servicio, en relación con la provincia de gestión de especialidad.  Dentro de la provincia de gestión:

Primero: Docentes que están trabajando este curso por esa especialidad.
Segundo: Docentes que tienen esa especialidad por oposición.
Tercero: Docentes que tienen el destino definitivo en la provincia de gestión de especialidad, aunque estén trabajando en otra provincia.
Cuarto: Docentes que tienen habilitada la especialidad.
2.  Después, por número de sorteo, para los definitivos de la especialidad en resto de provincias trabajando por la especialidad
.

Información supuestos de exención de la obligación de ser tribunal de la oposición.

FIN DE PLAZO 17 febrero junto a plazo de solicitudes

Adjuntamos modelos de exención a miembro de tribunal.

Modelo exención general aquí (Haber sido tribunal convocatoria anterior, jubilación este curso, director…)

Modelo causa médica aquí.

Modelo abstención para evitar revocación aquí (preparador oposiciones…)

El plazo de presentación de las solicitudes de exención será del 29 de enero al 17 de febrero de 2026, ambos inclusive. La solicitud podrá presentarse en cualquiera de las oficinas y registros a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No se aceptarán solicitudes de exención que se presenten fuera del plazo señalado anteriormente.
Extracto de la Convocatoria:

Exención de la obligación de formar parte de los órganos de selección

Siempre que las necesidades del proceso de conformación de los órganos de selección lo permitan, podrán quedar exentos de formar parte de dichos órganos los siguientes funcionarios y funcionarias:

a) Quienes hubieran sido designados y hubieran actuado forzosamente como miembros de los órganos de selección en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Resolución de 22 de enero de 2024 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM nº 21, de 30/01/2024).
b) Aquellos funcionarios y funcionarias cuya jubilación voluntaria o forzosa se produzca en el año en que se realiza la presente convocatoria.
c) Quienes estén desempeñando el cargo de director o directora.
d) Las funcionarias que, a la fecha del nombramiento de los órganos de selección, se encuentren al menos en su quinto mes de gestación.
e) En el caso de familias con hijos menores de tres años, podrá quedar exento el padre o la madre cuando ambos hayan sido designados miembros de los órganos de selección, o el progenitor correspondiente en el caso de familias monoparentales.
f) Quienes sean miembros electos de una corporación local y no tengan dedicación exclusiva.
g) Quienes tengan concedida una reducción de jornada por guarda legal hasta el 31 de julio del año en que se realiza la presente convocatoria.
h) Quienes acrediten la condición de juez de paz titular.
Las personas funcionarias que, encontrándose en alguno de estos supuestos, deseen quedar exentas de formar parte de los órganos de selección en el presente proceso selectivo deberán solicitarlo mediante escrito dirigido al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aportando la documentación acreditativa de la situación en que fundamenten su solicitud de exención.
Quienes pudieran encontrarse en las situaciones previstas en las letras d) y e) deberán, si desean quedar exentos, solicitar la exención en el mismo plazo, aun cuando la causa de exención deba acreditarse con posterioridad, en previsión de que dicha circunstancia quede debidamente justificada en su momento.
Quienes aleguen su jubilación como causa de exención deberán acreditar haber solicitado la misma, cuyos efectos habrán de producirse dentro del año en que se realiza la presente convocatoria.
No se aceptarán solicitudes de exención que se presenten fuera del plazo establecido.
Exención por razones médicas (punto 26.4)
Las solicitudes de exención basadas en causas médicas que afecten al propio solicitante únicamente serán aceptadas si cuentan con informe favorable de la Inspección Médica de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Supuestos de exención automática (punto 26.5)
Estarán exentos de formar parte de los órganos de selección, siempre que las necesidades del proceso de conformación de dichos órganos lo permitan, los siguientes funcionarios y funcionarias:
a) Quienes, en el curso escolar en que se realiza la convocatoria, estén disfrutando de una licencia por estudios, tanto en su modalidad anual como parcial correspondiente al periodo febrero-junio.
b) Quienes se encuentren prestando servicios en la administración educativa en el año en que se realiza la convocatoria, incluidos asesores técnicos docentes y funcionarios docentes adscritos a puestos de la relación de puestos de trabajo.
c) Quienes se encuentren liberados de la práctica docente por estar prestando servicios en una organización sindical.
También existe posibilidad de Abstención (por ejemplo por preparar oposiciones)
Los miembros de los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo con carácter inmediato a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y al presidente del respectivo órgano de selección, con la debida justificación documental, cuando concurra en ellos alguno de los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La participación como aspirante en el proceso de adquisición de nuevas especialidades, es compatible con la designación como miembro de órgano de selección, al pretenderse la adquisición de una especialidad distinta de la que corresponde al órgano de selección para el que el interesado haya sido designado. Asimismo, la participación como aspirante en el proceso de acceso a cuerpo incluido en grupo de clasificación superior también es compatible con la designación como miembro de órgano de selección del Cuerpo desde el cual se pretende el acceso (Cuerpo de pertenencia del interesado). Los presidentes de los órganos de selección solicitarán de los miembros de los respectivos órganos de selección, en el acto de constitución de los mismos, declaración expresa de no hallarse incursos en ninguna de las causas de abstención previstas. Los integrantes de órganos de selección en los que concurra alguna causa de abstención lo pondrán en conocimiento del presidente del órgano, el cual lo notificará inmediatamente a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes que resolverá lo procedente. La no abstención en los casos en los que proceda dará lugar a responsabilidad.

Te recordamos que la participación en los órganos de selección tiene carácter obligatorio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero para quién no solicite exención y le sea concedida.

Todas aquellas peticiones basadas en causas excepcionales y no previstas en los apartados anteriores deberán dirigirse a la Dirección General de Personal Docente

Siempre puedes contactar con ANPE-CLM  vía mail o teléfono de sus sedes. Accede aquí a los teléfonos y mails de contacto

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